fbpx

Columna

Columna

Por: José Alfredo Carmona Capetillo

La Cannabis, la Legislatura y la política pública que detenga el impacto negativo

Para que la norma jurídica creada, modificada o integrada sea de aplicación general debe darse por vía legislativa y no jurisprudencial. Pero además, una jurisprudencia -que es obligatoria como la ley- no trae aparejada el diseño y operación de un sistema normativo en temas subyacentes. Por ejemplo, la jurisprudencia sobre el uso lúdico de la mariguana es simple y llanamente eso, una autorización para quien obtenga el resultado de un juicio de amparo a su favor, en primer lugar. Y en segundo, no habrá políticas públicas que, digamos, desmotiven el uso recreativo del estupefaciente; ni se regulan muchos otros aspectos de importancia e impacto en salud pública. Por ello, una vez conocido el criterio de la Corte , basado en el derecho humano al desarrollo libre de la personalidad, lo que sigue es la reforma legislativa que permita hacer de ese criterio, una ley y, a su vez, se legislen políticas públicas al respecto que tiendan a reducir el impacto negativo de dicha liberación.

Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.